Este 1 de septiembre entra en vigencia la Ley de plataformas digitales, que tiene como objetivo regular el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios. Desde esta fecha, existirán nuevos requisitos para los usuarios conductores que prestan sus servicios a través de aplicaciones de movilidad, como Beat.
Desde el primer jueves del mes, los usuarios conductores pasarán a ser considerados trabajadores independientes, es por esto que se debe firmar un nuevo tipo de contrato, distinto al actual. Este nuevo contrato de prestación de servicios es libre de dependencia y subordinación; es decir, el usuario conductor podrá seguir siendo quién decide cuándo y en qué horarios conectarse a la app de movilidad.
“Somos conscientes de que la implementación de esta ley requiere un costo extra en su ejecución. Sin embargo, desde Beat valoramos profundamente que al fin exista un reconocimiento a los derechos de los trabajadores independientes y mayor certeza sobre el marco regulatorio que rige a los trabajadores independientes”, asegura David Martinez, Asuntos Públicos de BEAT.
Desde este 1 de septiembre, todo usuario conductor debe completar una capacitación online de carácter obligatorio, que busca entregar la información necesaria sobre los criterios de seguridad y salud que deben tener en cuenta en este tipo de actividad.
Como trabajadores independientes, los usuarios deberán haber iniciado actividades en el Servicio de Impuestos Internos para poder emitir boletas de honorario, la cual se realizará de manera electrónica. Esta nueva Ley redefine y reformula los derechos de los usuarios conductores, para que puedan circular de manera más segura. Desde este 1 de septiembre todas las aplicaciones deberán mostrar a los prestadores, antes de aceptar un viaje, el nombre del pasajero, dirección de origen, destino y método de pago.
Para más información sobre los próximos pasos y la puesta en marcha de la Ley de plataformas digitales, revisa el blog de Beat. https://thebeat.co/cl/blog/nueva-ley-21-431-preguntas-frecuentes/
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